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Condenado por conducir ebrio, chocar contra la Guardia Civil y agredir al sargento
Miércoles, 17 de Mayo de 2006
La Audiencia de Cantabria ha condenado a seis meses de cárcel, dos años de suspensión del carné y a pagar una multa de 3.240 euros a un conductor borracho que chocó contra un coche patrulla de la Guardia Civil aparcado delante de una casa cuartel y, cuando fue detenido, agredió a un sargento.

La Audiencia confirma así el fallo dictado en primera instancia por el Juzgado de lo Penal número 4 de Santander, que consideró a Francisco G.L. autor de un delito contra la seguridad del tráfico, de otro de atentado y de una falta de lesiones.

La sentencia declara probado que, el pasado de 27 de enero, Francisco G.L. chocó con su vehículo con un coche patrulla de la Guardia Civil que estaba aparcado delante del cuartel de Comillas.

Dos agentes vieron lo que ocurría y salieron a pedirle explicaciones, porque "seguía embistiendo contra el coche oficial".

El acusado insultó a los agentes, se negó a enseñarles su documentación, les amenazó y lanzó un cabezazo contra uno de ellos, por lo que fue detenido y llevado al interior del cuartel.

Poco después se presentó allí el sargento de acuartelamiento, que intentó calmar a Francisco G.L. y le pidió que no siguiera insultando a los guardias, pero obtuvo como respuesta una patada en los testículos que le dejó sin respiración y le tiró al suelo.

Los guardias pidieron que se presentara en el cuartel un equipo de atestados para que el detenido se sometiera a la prueba de alcoholemia, porque tenía varios síntomas de estar bebido, como enrojecimiento de la cara, olor a alcohol, caminar vacilante, habla pastosa, repetición de frases, agresividad o euforia.

Francisco G.L. se negó a la prueba con el argumento de que "no le daba la gana soplar" -relata la sentencia-, pero no fue advertido de que con ello podía cometer un delito de desobediencia, un detalle que le ha valido para que esa infracción no se sume a su condena.

El Juzgado, y ahora la Audiencia, consideran que los testimonios de los guardias civiles son suficientes para probar que estaba embriagado y, de hecho, le aplica esta circunstancia tanto en su contra como en su beneficio: lo primero para condenarle por un delito contra la seguridad del tráfico y lo segundo para concederle una atenuante en el delito de atentado y en la falta de lesiones.

En su recurso de apelación, Francisco G.L. alegaba en su descargo que su actitud se había debido a que mezcló el alcohol con el medicamento que tomaba en aquellos momentos.

La Audiencia de Cantabria le responde que incluso en el caso de que eso fuera cierto, y el medicamento hubiera potenciado los efectos de la bebida, "en modo alguno eso le exime ni atenua su responsabilidad criminal, pues, en todo caso, si no estaba en condiciones de conducir, no debió hacerlo".
Fuente: EFE
 
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